<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111122-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TORREJÓN DE VELASCO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/11/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Torrejón de Velasco. Régimen económico. Creación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-11-22-277161120110271</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/22/BOCM-20111122-92.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/22/BOCM-20111122-92.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/22/BOCM-20111122-92.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrejón de Velasco</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 92 
 Creación ordenanza fiscal 
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.1 y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 del mismo, el Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre de 2011, acordó provisionalmente:
  Primero..La creación de la ordenanza fiscal número 46, reguladora de la tasa por retirada de vehículos en la vía pública.
  Segundo..Someter al expediente de creación de la ordenanza fiscal número 46, reguladora de la tasa por retirada de vehículos en la vía pública, a información pública durante treinta días, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de formular las reclamaciones que se estimen oportunas. De no presentarse alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, sin necesidad de acuerdo plenario.
  Tercero..El acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la ordenanza se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, momento en el que entrará en vigor.
  En Torrejón de Velasco, a 25 de octubre de 2011..El alcalde-presidente, Gonzalo Cubas Navarro.
  (03/37.499/11)</texto>
</documento>