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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 79 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Ejecución 79 de 2011 
  Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 79 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Radu Ardelear, contra la empresa “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, “Técnicos Auxiliares Servicios Ascensores, Sociedad Limitada”, y “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 21 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a las ejecutadas “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, “Técnicos Auxiliares Servicios Ascensores, Sociedad Limitada”, y “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 21.276,04 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación, previa su solicitud, a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Así lo acuerdo y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, “Técnicos Auxiliares Servicios Ascensores, Sociedad Limitada”, y “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/37.419/11)</texto>
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