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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.021 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 188 
 Demanda 1.021 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.021 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Construcciones Jopago, Sociedad Limitada”, contra don Najim Aachobun, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Urbinco, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución de fecha 17 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Tener por desistida a “Construcciones Jopago, Sociedad Limitada”, de su demanda frente a don Najim Aachobun, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Urbinco, Sociedad Anónima”, y al administrador concursal don José María Dutilh Carvajal.
  Llévese testimonio de la presente resolución a los autos, y una vez firme la presente archívense las actuaciones sin más trámite, dejando nota en el libro de registro de este Juzgado.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de revisión a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado número 18 que tiene abierta en “Banesto”, de la calle Princesa, número 3, de Madrid, oficina 1033, con el número 2516/0000/60, más número de demanda con cuatro dígitos y año con dos dígitos, conforme a disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 1/2009, de 3 de noviembre.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000 (si no admitiera los ceros, poner diez nueves), indicando en “concepto” el número de cuenta del Juzgado 2516, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
  Así lo acuerdo y firmo.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Najim Aachobun, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/37.050/11)</texto>
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