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    <titulo>Madrid número 8. Demanda 1.119 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 137 
 Demanda 1.119 de 2010 
  Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.119 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Sanz del Barrio, contra la empresa “Industrias Gráficas del Centro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 265 de 2011
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011..Por la ilustrísima señora doña María Majarón de Tena, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Dolores Sanz del Barrio, que comparece, y de otra, como demandados, “Industrias Gráficas del Centro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Dolores Sanz del Barrio, contra la mercantil “Industrias Gráficas del Centro, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada que abone a la actora la cantidad de 1.405,98 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias Gráficas del Centro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/37.089/11)</texto>
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