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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 113 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 134 
 Ejecución 113 de 2011 
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 113 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Rivas Camacho, contra “Miguel Muñoz Martín Proyectos, Sociedad Anónima”, y “Jesmac Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el auto de aclaración siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Examinado de hecho el auto de ejecución de fecha 14 de septiembre de 2011, así como el decreto de la misma fecha, se aprecia la necesidad de aclararlos en el sentido que a continuación de dice:
  «Se despacha ejecución de la sentencia de fecha 20 de enero de 2011 a favor de la parte ejecutante don Alejandro Rivas Camacho, frente a “Miguel Muñoz Martín Proyectos, Sociedad Anónima”, y “Jesmac Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, por importe de 7.714,24 euros, más 771,42 euros en concepto de intereses por mora, lo que hace un total de 8.485,66 euros de principal, más 771,42 euros para intereses y 771,42 euros para costas, calculados provisionalmente».
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo de que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpirán desde que se solicite su aclaración, rectificación, subsanación o complemento y, en todo caso, comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegase remediarla.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, José Luis de Mesa Gutiérrez.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Miguel Muñoz Martín Proyectos, Sociedad Anónima”, y “Jesmac Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.993/11)</texto>
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