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    <fecha_publicacion>2011/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Licencias. Pan de Miga Gestión Hostelera, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>273</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 LICENCIAS
 
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 Pan de Miga Gestión Hostelera, S. L. 
  Por no haber sido posible practicar en el domicilio de la destinataria la notificación que se relaciona en el anexo I, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen los artículos 109 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción otorgada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 210 del Reglamento de 28 de noviembre de 1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, podrá interponerse:
  .	Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos), en el plazo de dos meses, contados en ambos supuestos a partir de la fecha siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 8 y 10, en relación con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La interposición de estos recursos no suspenderá la ejecución del acto impugnado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 111.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  En contenido íntegro de las resoluciones que se notifican podrá ser examinado en el Departamento de Industria del Ayuntamiento de Alcobendas.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre; “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre), se pone en conocimiento que los datos recogidos serán tramitados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias. La interesada podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.
  ANEXO I
  Expediente número: 199/10-IN Clausura.
  Interesada: “Pan de Miga Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”.
  CIF: B-85690089.
  Domicilio última notificación: calle Sepúlvera, número 6, nave 26.
  Motivo: infracción del artículo 47.2 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, al encontrarse en funcionamiento la actividad sin haber solicitado la correspondiente licencia de apertura en la actividad de obrador, sita en la calle Sepúlveda, número 6, nave 26.
  Resolución: decreto 8336/2011, de 6 de septiembre.
  Sanción: 4.000 euros.
  Alcobendas, a 14 de octubre de 2011..El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
  (02/9.302/11)</texto>
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