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    <fecha_publicacion>2011/11/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.322 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>272</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 182 
 Demanda 1.322 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.322 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Antonia Cervigón Godoy, contra la empresa “Cafetería Cláex”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 29 de septiembre de 2011 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda de doña Antonia Cervigón Godoy condeno a doña Adela Larios Nobella a que le abone la cantidad de 1.919,99 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cafetería Cláex”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/36.180/11)</texto>
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