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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 174 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 103 
 Ejecución 174 de 2009 
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 174 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantin Dominte, don Ion Dominte, don Carlos Mora García, don José Mariano Mora García, don Gregorio Mora Pueblas y don Javier Mora García, contra las empresas “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, y “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini..En Madrid, a 27 de septiembre de 2011.
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 22.833,80 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, continuando la ejecución respecto a “La Rosaleda, Sociedad Limitada”.
  Asimismo, por medio del presente se requiere a la parte ejecutante a fin de que aporte la cédula de identificación fiscal de “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, al objeto de proceder a su averiguación patrimonial y poder obtener bienes susceptibles de traba.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, ante este Juzgado.
  Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2499/0000/00/340/08 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
  Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Revestimientos Yepronor, Sociedad Limitada”, y “La Rosaleda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.657/11)</texto>
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