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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 571 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>268</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 134 
 Demanda 571 de 2011 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 571 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hajar Gueddih, contra la empresa “Orito Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado decreto de admisión de la demanda con citación a juicio y auto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Decreto
  Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 17 de mayo de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Admitir a trámite la demanda presentada por don Hajar Gueddih, frente a “Orito Consulting, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario.
  2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 10 de septiembre de 2012, a las nueve y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Cítese al Fondo de Garantía Salarial.
  Diligencia..Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 16 de mayo de 2011.
  Acuerdo: Se proceda a la práctica de las pruebas solicitadas por el actor en la demanda, pero no ha lugar a los boletines de cotización a la Seguridad Social.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  No cabe recurso.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Orito Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/36.488/11)</texto>
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