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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 804 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>268</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Demanda 804 de 2011 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 804 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Javier Pro Olmos, contra la empresa “Media Tran Delta Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado decreto de admisión con citación a juicio y auto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Decreto
  Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 11 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Admitir a trámite la demanda presentada por don Carlos Javier Pro Olmos, frente a “Media Tran Delta Servicios, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad.
  2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 26 de enero de 2012, a las nueve y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Diligencia..Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 11 de julio de 2011.
  Acuerdo: Se proceda a la práctica de las pruebas solicitadas por el actor en la demanda, pero en cuanto a las nóminas solo se admiten las del último año.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  No cabe recurso.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Media Tran Delta Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/36.414/11)</texto>
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