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    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pamplona número 1. Procedimiento 140 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 337 
 Procedimiento 140 de 2011 
  Doña Rosa María Valencia Ederra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pamplona.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 140 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Francisco Correa González, contra la empresa “C7 Seguridad, Sociedad Limitada”, don Francisco Vera Vázquez (administrador concursal) y don Jorge Zambarana Ledesma (administrador concursal), sobre materias laborales individuales, se ha acordado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
  He de acordar y acuerdo no acceder a la orden general y despacho de ejecución solicitada por don Antonio Francisco Correa González, contra “C7 Seguridad, Sociedad Limitada”, don Francisco Vera Vázquez (administrador concursal) y don Jorge Zambarana Ledesma (administrador concursal), por encontrarse la parte demandada en situación de concurso, y ello sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los respectivos créditos.
  Se acuerda la suspensión de las presentes actuaciones respecto a dicha empresa, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponde dar a los respectivos créditos y póngase en conocimiento del Juzgado de lo mercantil número 1 de Madrid, el contenido de la presente resolución a los fines y efectos oportunos.
  Procédase al archivo de las actuaciones, una vez firme la presente resolución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación.
  Así lo acuerda su señoría..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “C7 Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Pamplona, a 25 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.849/11)</texto>
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