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    <titulo>Jaén número 4. Cantidad 681 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 331 
 Cantidad 681 de 2010 
  Don Miguel Ángel Rivas Carrascosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 681 de 2010, a instancias de la parte actora doña María Elena Baños Cano, contra “Beocia Corporación, Sociedad Anónima”, y “Surgyps, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda promovida por doña María Elena Baños Cano, debo condenar y condeno a la empresa “Surgyps, Sociedad Anónima”, a que abone a la actora la suma de 1.904,19 euros.
  Con absolución de “Beocia Corporación, Sociedad Anónima”.
  El pronunciamiento condenatorio de la presente sentencia se extenderá al Fondo de Garantía Salarial en los términos establecidos en nuestro ordenamiento.
  Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante este Juzgado, en plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, de esta capital, con el número 2090000650681/10, el importe total de la condena, y en la cuenta corriente número 2090000890681/10 la suma de 150 euros como depósito especial para recurrir.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a los demandados don Michels de Champourcin, “Surgyps, Sociedad Anónima”, don Pablo Ureña Gutiérrez y a don José María Lamo Espinosa, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Jaén, a 4 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.040/11)</texto>
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