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    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 210 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 266 
 Ejecución 210 de 2011 
  Doña Elena Mónica Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 210 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Midori Ishizaka y don Prudencio Castaño Rodríguez, contra la empresa “Escuela Internacional de Alcalá de Henares, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución por importe de 20.804,98 euros de principal, más 1.248,30 euros y 2.080,50 euros presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, a favor de la parte ejecutante doña Midori Isizaka y don Prudencio Castaño Rodríguez, contra “Escuela Internacional de Alcalá de Henares, Sociedad Limitada”.
  Líbrese oficio al Juzgado de lo social número 31 de Madrid a fin de que a la mayor brevedad posible remita a este Juzgado decreto de insolvencia provisional de la demandada “Escuela Internacional de Alcalá de Henares, Sociedad Limitada”, dictado en el procedimiento número 661 de 2010, ejecución número 266 de 2010.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Escuela Internacional de Alcalá de Henares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.187/11)</texto>
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