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    <identificador>BOCM-20111110-254</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 18 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 254 
 Ejecución 18 de 2011 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 18 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Manzanero Morales, doña Susana Martínez Pérez, doña María Jesús Arribas Palomo y doña Esther Labeaga Lozano, contra la empresa “Actividades y Proyectos de Negocio y Gestión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Diligencia..La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que los días 21 de enero de 2011 y 7 de febrero de 2011 han tenido entrada en este Juzgado escritos presentados los días 20 de enero de 2011 y 4 de febrero de 2011 por el letrado de la parte actora, don Juan Carlos Paniagua Moruno, solicitando la ejecución de la sentencia dictada en los autos de referencia y aportando decreto de insolvencia dictado por el Juzgado de lo social número 35 de Madrid, respectivamente, únanse a los autos de su razón. Asimismo, hago constar que la sentencia es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Elena Burgos Herrera..En Madrid, a 28 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Gema Arranz Zamorano, frente a “Parque Secreto, Sociedad Limitada”, por un importe de 3.830,35 euros de principal, más 383,03 euros y 287,28 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Beatriz Manzanero Morales, doña Susana Martínez Pérez, doña María Jesús Arribas Palomo y doña Esther Labeaga Lozano, frente a “Actividades y Proyectos de Negocio y Gestión, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 15.445,69 euros de principal, más de 926,74 euros y 1.544,57 euros calculados provisionalmente para el pago de intereses y costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón..En Madrid, a 28 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Beatriz Manzanero Morales, doña Susana Martínez Pérez, doña María Jesús Arribas Palomo y “Actividades y Proyectos de Negocio y Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.020/11)</texto>
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