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    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 146 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 253 
 Ejecución 146 de 2011 
  Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 146 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Rosa Utrilla Raya, contra la empresa “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, “Gestión Estructural de Reformas y Construcción, Sociedad Limitada”, “Esprodevi, Sociedad Limitada”, y “Constructora Independiente de Occidente, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 6 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña María Rosa Utrilla Raya, frente a “Construcciones Integrales Occidentes, Sociedad Limitada”, “Gestión Estructural de Reformas y Construcción, Sociedad Limitada”, “Esprodevi, Sociedad Limitada”, y “Constructora Independiente de Occidente, Sociedad Limitada”, por importe de 2.799,90 euros de principal, más 167,99 euros de intereses y 279,99 euros de costas, cantidades estas dos últimas que se fijan de forma provisional, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Integrales Occidente, Sociedad Limitada”, “Gestión Estructural de Reformas y Construcción, Sociedad Limitada”, “Esprodevi, Sociedad Limitada”, y “Constructora Independiente de Occidente, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.180/11)</texto>
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