<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111110-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Notificación
– Resolución de 25 de octubre de 2011, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 3048/2011, de 1 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se ordena el archivo del expediente relativo al recurso de alzada número 696.5/07, interpuesto por doña Amparo Correas Fernández, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007, por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>267</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-11-10-267041120110007</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/10/BOCM-20111110-22.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/10/BOCM-20111110-22.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/10/BOCM-20111110-22.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
 22 
 RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 3048/2011, de 1 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se ordena el archivo del expediente relativo al recurso de alzada número 696.5/07, interpuesto por doña Amparo Correas Fernández, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007, por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento. 
  Intentada sin efecto la notificación de la Orden 3048/2011, de 1 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se ordena el archivo del expediente relativo al recurso de alzada interpuesto por doña Amparo Correas Fernández, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Visto el expediente relativo al recurso de alzada interpuesto por doña Amparo Correas Fernández, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007, dictada en el expediente DNG 639/07, se constatan los siguientes
  HECHOS
  Primero
  Como consecuencia de la solicitud de subrogación en los derechos y obligaciones derivados del contrato de la vivienda, número de cuenta 303 del grupo “Plata y Castañar”, M-9143-1.1.V, sita en Madrid, calle Camborio, número 39B, formulada por doña Amparo Correas Fernández, por fallecimiento de doña Sagrario Alhama Correas, titular de la misma, se instruyó el expediente DNG 639/07, en el que se constató que doña Amparo Correas Fernández no ha acreditado el cumplimiento del requisito de parentesco con la fallecida para optar a la subrogación, tal y como prevé la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
  La Dirección General de Vivienda, con fecha 2 de octubre de 2007, dictó Resolución por la que se acuerda denegar la subrogación pretendida, declarar rescindido el contrato de la vivienda, número de cuenta 303 del grupo “Plata y Castañar”, M-9143-1.1.V, sita en Madrid, calle Camborio, número 39B, y recuperar la posesión de la misma, reservando a los legítimos herederos de doña Sagrario Alhama Correas cuantos derechos pudieran corresponderles sobre mobiliario, enseres y demás pertenencias que fueran de su propiedad.
  Segundo
  Contra la citada Resolución, doña Amparo Correas Fernández ha interpuesto recurso de alzada en el que alega, en síntesis, su disconformidad con la misma.
  Tercero
  Posteriormente, se formuló por el Letrado don José Antonio Jiménez Jiménez, en nombre y representación de doña Amparo Correas Fernández, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007.
  El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid ha dictado sentencia de fecha 9 de abril de 2010, en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo número 57/2008.
  Cuarto
  Consta en el expediente que la Secretaría General Técnica ha emito informe en el que se propone ordenar el archivo del expediente por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento.
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
  Segundo
  El artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que: “La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.
  En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables”.
  En el presente caso, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid ha dictado sentencia de fecha 9 de abril de 2010, en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo número 57/2008, formulado por el Letrado don José Antonio Jiménez Jiménez, en nombre y representación de doña Amparo Correas Fernández, contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007.
  En consecuencia, carece de objeto el recurso administrativo presentado, por lo que procede declarar tal circunstancia y ordenar el archivo del expediente por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento.
  En su virtud, de acuerdo con el informe de la Secretaría General Técnica en el que se propone ordenar el archivo del expediente por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento,
  DISPONGO
  Ordenar el archivo del expediente relativo al recurso de alzada interpuesto por doña Amparo Correas Fernández, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 2 de octubre de 2007, dictada en el expediente DNG 639/07, por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento.
  Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
  Madrid, a 25 de octubre de 2011..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
  (03/36.730/11)</texto>
</documento>