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    <fecha_publicacion>2011/11/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.016 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 138 
 Demanda 1.016 de 2010 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.016 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristóbal López Montero contra “Transportes Cobo, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor literal dice:
  Diligencia..En Madrid, a 12 de julio de 2011.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 6 de julio de 2011 ha tenido entrada el anterior escrito presentado por la parte demandante, manifestando se le tenga por desistida de su demanda..Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
  Decreto
  En Madrid, a 12 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Se tiene por desistido a don Cristóbal López Montero, parte actora, de su demanda, quedando sin efecto el señalamiento acordado, y una vez firme esta resolución, archívese, previa nota en el libro correspondiente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato “dd/mm/aaaa”. Quedan exentos de su abono en todo caso el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
  Lo decreto y firmo..La secretaria judicial, María Blanca Galache Díez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Cobo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente.
  En Madrid, a 6 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.203/11)</texto>
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