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    <titulo>Madrid número 64. Procedimiento ordinario 275 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64 
 EDICTO
 
 93 
 Procedimiento ordinario 275 de 2009 
  En el juicio de procedimiento ordinario número 275 de 2009, se ha dictado resolución cuyo texto literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 4 de octubre de 2011..Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 275 de 2009, promovidos a instancias de la entidad “Mutua Madrileña Automovilista”, representada por el procurador don Ignacio Rodríguez Díez y defendida por el letrado don Pedro Luis Barnes Álvarez, contra don Antonio Cañadas Avellana y don Juan Antonio Cañadas Nieto, en situación de rebeldía, y contra el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el abogado del Estado.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por el procurador don Ignacio Rodríguez Díez, en nombre y representación de la entidad “Mutua Madrileña Automovilista”, contra don Antonio Cañadas Avellana, don Juan Antonio Cañadas Nieto y el Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a que reintegren a la actora la cantidad de 4.374,07 euros, más los intereses legales de dicho importe desde la fecha la presentación de la demanda, con expresa imposición a los mismos demandados de las costas causadas en este proceso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación, debiendo acreditar al prepararlo haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2661), clave (02), a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Juan Antonio Cañadas Nieto y don Antonio Cañadas Avellana la sentencia de 4 de octubre de 2011.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (02/9.053/11)</texto>
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