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    <fecha_publicacion>2011/11/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 226 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>263</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 36 
 Ejecución 226 de 2011 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.643 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Huebra García, contra la empresa “Circuito Multimedia, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María Romero-Valdespino Jiménez..En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 29 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante don Emilio Huebra García, frente a “Circuito Multimedia, Sociedad Limitada”, por importe de 22.728 euros en concepto de principal, más 2.000 euros de intereses y costas provisionales.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Circuito Multimedia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.619/11)</texto>
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