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    <fecha_publicacion>2011/11/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento ordinario 1.842 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 
 59 
 Procedimiento ordinario 1.842 de 2010 
  Don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio ordinario número 1.842 de 2010, a instancias de las partes que se dirá, dictándose la siguiente sentencia en los referidos autos:
  Sentencia número 95 de 2011
  En Madrid, a 4 de mayo de 2011..El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto el presente procedimiento de juicio ordinario tramitado en este Juzgado con el número de autos 1.842 de 2010, entre partes: de una, y como demandante, la mercantil “Aplirecón, Sociedad Limitada”, representada en juicio por la procuradora de los tribunales doña María Jesús Gutiérrez Aceves y asistida por el letrado don Jerónimo Rodríguez Gil, y como demandada la entidad “Inerclima, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.
  Fallo
  Que estimando pertinente la demanda interpuesta por la mercantil “Aplirecón, Sociedad Limitada”, representada en juicio por la procuradora de los tribunales doña María Jesús Gutiérrez Aceves, contra la entidad “Inerclima, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha sociedad demandada a pagar a la actora 9.045,17 euros, junto con los intereses legales devengados por dicha suma desde el día 23 de julio de 2010, con expresa imposición a dicha demandada de las costas causadas.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
  Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia a la demandada en autos “Inerclima, Sociedad Limitada”, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se expide la presente en Madrid, a 13 de octubre de 2011..El secretario (firmado).
  (02/9.028/11)</texto>
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