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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 172 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 101 
 Demanda 172 de 2011 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 172 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat”, contra don Ángel Noe García Rodríguez, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Ensacados Asturias, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia dice:
  Diligencia..En Madrid, a 23 de septiembre de 2011.
  La extiendo yo, el secretario, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por “Mutua Universal Mugenat”, contra don Ángel Noe García Rodríguez, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Ensacados Asturias, Sociedad Limitada”, en materia de Seguridad Social, de lo que doy cuenta a su señoría..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 23 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 21 de diciembre de 2011, a las diez y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Habiéndose solicitado la prueba referente, se acuerda en su conformidad a los efectos de preparar la prueba que en su momento se propondrá por las partes y que será admitida o rechazada en juicio por su ilustrísima, el señor magistrado, si así lo considerase pertinente en el acto del juicio, todo ello de conformidad con el artículo 85 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Reclámese a la entidad gestora o servicio común de la remisión en diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda.
  Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo..El secretario.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ensacados Asturias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.570/11)</texto>
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