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    <titulo>Cesión de uso
– Orden de 16 de septiembre de 2011, por la que se acuerda una prórroga de cinco años la cesión de uso gratuita otorgada a favor del Ayuntamiento de Madrid por Orden de 18 de septiembre de 2001, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, del inmueble sito en Madrid, calle Maestro Alonso, número 6</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
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 ORDEN de 16 de septiembre de 2011, por la que se acuerda una prórroga de cinco años la cesión de uso gratuita otorgada a favor del Ayuntamiento de Madrid por Orden de 18 de septiembre de 2001, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, del inmueble sito en Madrid, calle Maestro Alonso, número 6. 
  Por Orden de 18 de septiembre de 2001, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, se cedió el uso gratuito del inmueble ubicado en Madrid, calle Maestro Alonso, número 6, a favor del Ayuntamiento de Madrid, por plazo de diez años.
  Previo a la finalización del plazo establecido para dicha cesión, el Ayuntamiento de Madrid con fecha 17 de febrero de 2011 solicita la prórroga.
  El Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales informa favorablemente a la prórroga de dicha cesión por otros cinco años más.
  Visto el informe propuesta emitido por la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 56.1 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid,
  DISPONGO
  Primero
  Acordar una prórroga por cinco años a la cesión de uso gratuita otorgada a favor del Ayuntamiento de Madrid por Orden de 18 de septiembre de 2001, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, correspondiente al inmueble sito en Madrid, calle Maestro Alonso, número 6.
  Segundo
  El destino del inmueble, de conformidad con lo establecido en la Orden de cesión, será de Centro Sociocultural para ser gestionado por el Ayuntamiento de Madrid a través de la Junta de Distrito correspondiente.
  Tercero
  Los derechos y obligaciones del cesionario de uso, así como el acuerdo de prórroga, se regirá por lo establecido en la correspondiente Orden de cesión; en su defecto, por las disposiciones del Código Civil relativos al uso, y supletoriamente al usufructo.
  Cuarto
  La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 16 de septiembre de 2011.
  		El Consejero de Economía y Hacienda, 		PERCIVAL MANGLANO ALBACAR
  (03/35.342/11)</texto>
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