<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111031-189</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 41. Demanda 496 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>258</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-31-258171020110164</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-189.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-189.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-189.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 EDICTO
 
 189 
 Demanda 496 de 2011 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 496 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismael Carmona Villegas, contra las empresas “Solaten, Sociedad Limitada”, e “Isogetra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando como estimo la demanda formulada por don Ismael Carmona Villegas, contra la empresa “Solaten, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la nulidad del despido efectuado por esta, así como la extinción de la relación laboral que les unía con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al abono de la indemnización de 2.739 euros y al abono de los salarios devengados desde el despido hasta la actualidad por importe de 2.830,3 euros. Y desestimando como desestimo la demanda formulada por don Ismael Carmona Villegas, contra “Isogetra, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a esta de los pedimentos de aquella.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma “Solaten, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/34.120/11)</texto>
</documento>