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    <fecha_publicacion>2011/10/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 239 de 2011-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 138 
 Ejecución 239 de 2011-M 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 239 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dionisio Valle González, don Javier Peragón Merino, don José María Martínez Núñez, don Juan Campos Rodríguez, don Iván Delgado Criado y don Juan Carlos Valle González, contra la empresa “Deycosem, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado en el día de la fecha auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia firme de fecha 4 de mayo de 2011 a favor de la parte ejecutante don Dionisio Valle González, don Javier Peragón Merino, don José María Martínez Núñez, don Juan Campos Rodríguez, don Iván Delgado Criado y don Juan Carlos Valle González, frente a “Deycosem, Sociedad Limitada”, por importe de 17.129,79 euros de principal, de los que corresponden a cada uno de los ejecutantes las cantidades siguientes:
  A don Dionisio Valle González: 2.846,11 euros.
  A don Javier Peragón Merino: 2.846,11 euros.
  A don José María Martínez Núñez: 2.846,11 euros.
  A don Juan Campos Rodríguez: 2.846,11 euros.
  A don Iván Delgado Criado: 2.846,11 euros.
  A don Juan Carlos Valle González: 2.846,24 euros.
  Más otros 1.712,97 euros de intereses provisionales y 1.712,97 euros de costas provisionales.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deycosem, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.026/11)</texto>
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