<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111031-108</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 9. Demanda 330 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>258</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-31-258141020110108</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-108.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-108.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/31/BOCM-20111031-108.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 108 
 Demanda 330 de 2011 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 330 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Palomo Redondo, contra la empresa “Cointa Tapizados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente:
  Sentencia número 392 de 2011
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2011..Don Juan Manuel Carrillo Eguilaz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña María del Carmen Palomo Redondo, que comparece asistida de la letrada doña Nuria Cuadra Cabañas, y de otra, como demandada, “Cointa Tapizados, Sociedad Limitada”, que no comparece, estando citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña María del Carmen Palomo Redondo, frente a la empresa “Cointa Tapizados, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 1.418,03 euros, con más el 10 por 100 de interés legal de mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cointa Tapizados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 28 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/33.994/11)</texto>
</documento>