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    <identificador>BOCM-20111029-69</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/10/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 92. Procedimiento ordinario 93 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 69 
 Procedimiento ordinario 93 de 2010 
  En los autos de procedimiento ordinario número 93 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución que copiada literalmente es como sigue:
  Sentencia
  En Madrid, a 8 de junio de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundaín Minondo, magistrada-juez de primera instancia del número 92 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 93 de 2010, seguidos ante este Juzgado.
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda formulada por “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, del “Grupo Caja de Madrid”, frente a don Miguel Torres Sánchez, doña Mónica Salado de la Torre y doña Remedios Sánchez López:
  a)  Declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito entre las partes.
  b)  Declaro que los bienes arrendados pertenecen en pleno dominio a “Madrid Leasing EFC, Sociedad Anónima”, condenando a la parte demandada a poner dichos bienes a la libre disposición de la propiedad.
  c)  Condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la demandante la cantidad de 19.702,86 euros como rentas impagadas, con el interés de demora pactado en el contrato del 22 por 100 anual.
  Todo ello sin hacer expresa condena al pago de las costas del juicio.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se preparará ante este Juzgado y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previa constitución de depósito de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 4153.
  Y, como consecuencia del ignorado paradero de don Miguel Torres Sánchez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 9 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/8.858/11)</texto>
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