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    <fecha_publicacion>2011/10/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 2. Juicio de faltas 327 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>256</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 88 
 Juicio de faltas 327 de 2010 
  Doña Marta Estebaranz Torrijos, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 327 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 206 de 2010
  En Leganés (Madrid), a 30 de noviembre de 2010..Visto en juicio oral y público por la ilustrísima doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 327 de 2010, por una presunta falta de hurto, y en los que han sido partes: como denunciados, doña Ángela Auras y don Alexandro Stefan Hapiuc; como denunciante, don Carlos Alberto Ordiales Santero; así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública, y como perjudicada, la entidad comercial “Carrefour”.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Ángela Auras y a don Alexandro Stefan Hapiuc, como autores de una falta de hurto, a la pena para cada uno de ellos de doce días de localización permanente, así como a que abonen las costas procesales causadas, procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Ángela Auras y don Alexandro Stefan Hapiuc, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 22 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/33.750/11)</texto>
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