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    <fecha_publicacion>2011/10/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Murcia número 7. Ejecución 350 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>256</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 257 
 Ejecución 350 de 2011 
  Don Fernando Cabadas Arquero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Murcia.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 350 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Tomás Giménez Martínez, contra la empresa “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don José Manuel Bermejo-Medina..En Murcia, a 22 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, don José Tomás Giménez Martínez, frente a “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, y “Gambín Garrés Hermanos, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.
  Se señala para la celebración de la comparecencia el día 2 de noviembre de 2011, a las nueve y veinticinco horas.
  Notifíquese a las partes.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Concepción Montesinos García..En Murcia, a 22 de septiembre de 2011.
  Visto el estado de las presentes actuaciones, habiéndose dictado orden general de ejecución y de conformidad con la misma y con el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, acuerdo: Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para el día 3 de noviembre de 2011, a las nueve y veinticinco horas, con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse. De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Murcia, a 29 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/34.986/11)</texto>
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