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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Molar. Régimen económico. Modificaciones ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 73 
 Modificaciones ordenanzas fiscales 
  Por acuerdo plenario de 17 de octubre de 2011, se aprobaron provisionalmente las modificaciones de las ordenanzas fiscales siguientes:
  .	Impuesto de bienes inmuebles.
  .	Tasa de las licencias de apertura.
  .	Tasa de actividades extraescolares.
  .	Tasa de retirada de vehículos.
  .	Tasa de expedición de documentos.
  Se aprobaron provisionalmente la imposición y ordenación de las siguientes ordenanzas fiscales:
  .	Tasa de animales de compañía.
  .	Tasa de publicidad en las instalaciones deportivas.
  Dichas ordenanzas se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 111 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
  a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
  El Molar, a 17 de octubre de 2011..El alcalde, Emilio de Frutos.
  (03/35.516/11)</texto>
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