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    <fecha_publicacion>2011/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 672 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 209 
 Demanda 672 de 2011 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 672 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paulina Elizabeth Guanoluisa Peñafiel y doña Bárbara Mateo Ramos, contra la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto de desistimiento de una de las demandantes, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Se tiene por desistida a doña Paulina Elizabeth Guanoluisa Peñafiel de su demanda.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.171/11)</texto>
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