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    <fecha_publicacion>2011/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.336 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 136 
 Demanda 1.336 de 2009 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.336 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Perfecto García Alonso, contra la empresa “Soleras Marcelino, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado providencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 16 de septiembre de 2011 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito, lo que paso a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
  Providencia
  Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.
  Por dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón, y visto que en dichos autos se dictó auto teniendo por desistida a la parte actora, estese a dicha resolución, notifíquese a la parte actora y repórtense los autos nuevamente al archivo, advirtiendo al demandante que puede interponer ante el Decanato de estos Juzgados la demanda que estime pertinente.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación o transferencia a la cuenta de este Juzgado.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soleras Marcelino, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/33.014/11)</texto>
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