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    <fecha_publicacion>2011/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento ordinario 998 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 
 128 
 Procedimiento ordinario 998 de 2010 
  En los autos de procedimiento ordinario número 998 de 2010 se ha dictado sentencia de 5 de junio de 2011, del siguiente tenor literal:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por “Jomagar Pringting, Sociedad Limitada”, contra don Eugenio Pérez Pérez, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 6.598,78 euros e imponiéndole al demandado el pago de las costas devengadas en el presente proceso.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.
  Conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se hace saber a las partes que para la interposición del recurso deberán consignar la suma de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, conforme a la disposición adicional decimoquinta, cuyo número es 4230 0000 02, seguido del número de procedimiento.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo..La secretaria (firmado)..El magistrado-juez de lo mercantil (firmado).
  Y para que sirva de notificación a don Eugenio Pérez Pérez, se expide la presente.
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/8.708/11)</texto>
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