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    <fecha_publicacion>2011/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 436 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 107 
 Juicio de faltas 436 de 2011 
  Don Pedro José Hernández Gallego, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 436 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:
  Vistos por mí, Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 436 de 2011, en los que han sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y, como implicados, doña Liz Mariela Vázquez Almada, como denunciada, y “Lefties”, como perjudicada, se procede, en nombre de Su Majestad el Rey, a dictar la presente sentencia.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Liz Mariela Vázquez Almada, como autora responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 3 euros, condenándola también al pago de las costas procesales.
  Asimismo, debo acordar y acuerdo la entrega definitiva de los objetos sustraídos a su legítimo propietario.
  Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, la condenada quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Liz Mariela Vázquez Almada, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Madrid, a 23 de septiembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/33.610/11)</texto>
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