<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111021-57</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CABANILLAS DE LA SIERRA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Modificación precio público servicio comedor</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>250</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-21-250131020110043</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-57.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-57.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-57.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 57 
 Modificación precio público servicio comedor 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 60 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica, para general conocimiento, el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2011, por el que se aprueba la modificación del precio público por prestación del servicio de comedor, horario ampliado, campamentos días no lectivos, talleres y cursos, cuyo texto es el siguiente:
  “Artículo 5.  Tarifas..Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
  b)	Concejalía de Deportes: talleres deportivos:
  . Gimnasia rítmica: 18 euros.
  . Aeróbic: 18 euros.
  . Pádel: 15 euros.
  . Gimnasio: 15 euros.
  En caso de personas no empadronadas en la localidad ni matriculadas en el centro escolar, las tarifas se incrementarán en un 50 por 100.
  Se aplicarán las mismas normas para el pago, altas y bajas, que en las actividades de horario ampliado de tarde, reguladas en el artículo 6.2.
  En este taller no se aplicará la bonificación prevista en el artículo 4.b)”.
  La presente ordenanza reguladora entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo de que contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  En Cabanillas de la Sierra, a 30 de septiembre de 2011..El alcalde, Antonio Olaya Cobos.
  (03/33.815/11)</texto>
</documento>