<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111021-198</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Zaragoza número 2. Ejecución 238 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>250</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-21-250071020110148</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-198.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-198.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/21/BOCM-20111021-198.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 198 
 Ejecución 238 de 2011 
  Doña María Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 238 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Armando Luis Umpaca Unjoque, contra la empresa “Guinedjas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don César de Tomás Fanjul..En Zaragoza, a 22 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia de fecha 21 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante, don Armando Luis Umpaca Unjoque, frente a “Guinedjas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 513,37 euros en concepto de principal, más otros 62 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Pilar Zapata Camacho..En Zaragoza, a 22 de septiembre de 2011.
  Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 513,37 euros de principal y 62 euros en concepto de intereses y costas, y habiendo sido declarada “Guinedjas, Sociedad Limitada”, insolvente provisional en autos de ejecución número 14 de 2011 del Juzgado de lo social número 1 de Zaragoza, en fecha 14 de junio de 2011, y de conformidad con el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, acuerdo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo máximo de quince días, insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen los bienes de la deudora principal que le consten.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Guinedjas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Zaragoza, a 22 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.043/11)</texto>
</documento>