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    <fecha_publicacion>2011/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>León número 2. Conflictos colectivos 605 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 194 
 Conflictos colectivos 605 de 2011 
  Doña María Amparo Fuentes-Lojo Lastres, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de León.
  Hago saber: Que en el procedimiento de conflictos colectivos número 605 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de comité de empresa de “Cofarle”, y don Agustín Arias Gallego, contra la empresa “Cooperativa Farmacéutica Leonesa”, Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT, Federación de Industrias Textiles Piel, Químicas y Afines de CC OO, Federación Nacional de Asociaciones Mayoristas de Distribución Especialidades Farmacéuticas y Productos Farmacéuticos y Asociación y Empresarial de Cooperativas Farmacéuticas, sobre conflicto colectivo, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que sin entrar en el fondo del asunto, debo abstenerme y me abstengo de conocerlo por no ser el Juzgado de lo social de León competente funcionalmente para ello, pudiendo las partes, si a su derecho conviniere, acudir a dirimirlo ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Castilla y León, con sede en Valladolid.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra este fallo cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días para ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León para su Sala de lo social, con sede en Valladolid.
  Si el recurrente no ostentare el concepto de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o gozare de beneficio de justicia gratuita, consignará, además, el depósito de 150 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina principal en León, avenida de Ordoño II, número 8, con el número 2131/0000/66/0605/11. Se les advierte que de no hacerlo dentro del plazo se les declarará caducado el recurso. Firme que sea esta sentencia, archívense los autos.
  Por esta mi sentencia que será publicada, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a Asociación y Empresarial de Cooperativas Farmacéuticas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En León, a 16 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.045/11)</texto>
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