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    <fecha_publicacion>2011/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Córdoba número 2. Autos 700 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 189 
 Autos 700 de 2011 
  Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Córdoba.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 700 de 2011, a instancias de la parte actora, don Francisco Morín Izquierdo, contra don Juan Codina Moragues, “Compañía Luso Ibérica de Petróleos, Sociedad Limitada”, “E-One Lubricant Oil Company, Sociedad Limitada”, “Europea de Productos Petrolíferos, Sociedad Anónima”, “Compañía Europea de Lubricantes E-Uno, Sociedad Limitada”, E-1 Lubricantes, Sociedad Limitada”, “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada”, “Besamart, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Petróleos del Mediterráneo, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución:
  Parte dispositiva:
  Acumúlese a los presentes autos número 700 de 2011 los seguidos ante el Juzgado de lo social número 3, bajo el número 1.018.
  Se mantiene el señalamiento previsto para el día 25 de octubre de 2011, a las trece horas, en la Sala de vistas de este Juzgado.
  Notifíquese la presente resolución a las demandadas por medio de edicto a publicar en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valencia” y a la demandada “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada”, por edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Córdoba, a 5 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.988/11)</texto>
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