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    <fecha_publicacion>2011/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 79. Divorcio contencioso 187 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>248</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79 
 EDICTO
 
 68 
 Divorcio contencioso 187 de 2010 
  Doña María Rosa Luesia Blasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 79 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso con el número 187 de 2010, a instancias de doña Ikram Ghandi, representada por el procurador don Miguel Zamora Bausa, contra don Tharwat Rietyad Nagib Faltas, y en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Miguel Zamora Bausa, en nombre y representación de doña Ikram Ghandi, formulada contra don Tharwat Rietyad Nagib Faltas, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos cónyuges, adoptando como medidas definitivas las siguientes:
  1.  La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal.
  2.  Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado en favor del otro y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
  3.  Conforme a lo previsto en los artículos 95.1 y 1392.1 del Código Civil, la sociedad de gananciales concluirá de pleno derecho con la firmeza del presente pronunciamiento.
  Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.
  Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado don Tharwat Rietyad Nagib Faltas, en ignorado paradero.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/33.509/11)</texto>
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