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    <fecha_publicacion>2011/10/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 83. Procedimiento ordinario 1.021 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>247</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83 
 EDICTO
 
 43 
 Procedimiento ordinario 1.021 de 2007 
  En el procedimiento ordinario número 1.021 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia
  Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio ordinario número 1.021 de 2007 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor Magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante “Obras e Inmuebles Villaseñor, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Mercedes Blanco Fernández y defendida por la letrada doña María Nieves Melero López, y como demandada, “Gestión de Capitales e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada”, sin representación ni defensa técnicas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la representación de “Obras e Inmuebles Villaseñor, Sociedad Limitada”, contra “Gestión de Capitales e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro haber lugar a:
  a)  Condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 30.000 euros.
  b)  Condenar a la demandada a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad desde la fecha de vencimiento de la deuda.
  c)  Imponer a la demandada el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá prepararse ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, por el presente se notifique la sentencia a “Gestión de Capitales e Inversiones Urbanas, Sociedad Limitada”.
  En Madrid, a 4 de abril de 2011..El secretario (firmado).
  (02/8.438/11)</texto>
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