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    <identificador>BOCM-20111018-34</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/10/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Juicio verbal 719 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>247</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 34 
 Juicio verbal 719 de 2011 
  En el presente procedimiento ordinario seguido a instancias de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, de “Grupo Caja Madrid”, frente a don Stoyan Sotirov Sotirov y “Vundi Sebastián Bus, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 26 de marzo de 2010..Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio verbal, sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 719 de 2009 y seguidos a instancias de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, contra “Vundi Sebastián Bus, Sociedad Limitada”, y don Stoyan Sotirov Sotirov, declarados en situación procesal de rebeldía; y...
  Fallo
  Estimo totalmente la demanda formulada por la procuradora doña Encarnación Alonso León, en nombre y representación de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, contra “Vundi Sebastián Bus, Sociedad Limitada”, y don Stoyan Sotirov Sotirov, determino haber lugar a la misma y, en su virtud:
  a)  Declaro resueltos los contratos de arrendamiento financiero suscritos entre las partes (número 12940220 con objeto el vehículo “Mercedes” Viano, número de chasis WDB906651S284135, y número 12941249 con objeto el vehículo “Mercedes” Sprinter, número de chasis WDF63981513410454).
  b)  Declaro que los bienes arrendados pertenecen en pleno dominio a la demandante, condenando a la parte demandada a poner dichos bienes a la libre disposición de la propiedad.
  c)  Condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la demandante el importe de las rentas impagadas desde la correspondiente al mes de mayo de 2008 hasta la fecha de la sentencia, a razón de 668,72 euros al mes por cada uno de los contratos (veintitrés meses), más los intereses pactados;
  d)  Condeno a los demandados al pago de una cantidad igual al importe de la última cuota de cada contrato vencida, excluido el impuesto indirecto (576,48 euros por cada uno de ellos), por cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de la sentencia y la de la efectiva devolución de los bienes a la arrendadora financiera, más los intereses pactados.
  e)  Condeno a los demandados al pago de una cantidad igual al 10 por 100 de las cuotas vencidas en el momento de la entrega de los bienes.
  f)  Condeno a los demandados al pago de las costas del juicio.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
  Y encontrándose dichos demandados don Stoyan Sotirov Sotirov y “Vundi Sebastián Bus, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2011..El secretario (firmado).
  (02/8.572/11)</texto>
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