<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111017-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAVICIOSA DE ODÓN</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Padrones fiscales impuesto actividades económicas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>246</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-10-17-246141020110062</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/17/BOCM-20111017-70.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/17/BOCM-20111017-70.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/17/BOCM-20111017-70.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 70 
 Padrones fiscales impuesto actividades económicas 
  En las oficinas municipales se encuentran expuestos al público los padrones fiscales del impuesto de actividades económicas y de la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras del ejercicio de 2011.
  El pago de los citados impuestos podrá realizarse en cualquier banco o caja de ahorros de la localidad, mediante la presentación del documento cobratorio que, en caso de no ser recibido en el correspondiente domicilio fiscal, podrá ser reclamado en las oficinas municipales, de lunes a viernes y de ocho treinta a trece treinta horas.
  Los periodos de cobro serán los siguientes:
  .	Periodo voluntario: del día 14 de octubre al 15 de diciembre de 2011.
  .	Período ejecutivo: al finalizar el período anterior, con los recargos determinados en el artículo 28 de la Ley General Tributaria.
  Los interesados legítimos podrán examinar las referidas listas cobratorias en las oficinas municipales, así como interponer contra las mismas recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.
   Este recurso no detendrá la acción administrativa de la cobranza, a no ser que soliciten la suspensión del acto impugnado, previo depósito de fianza o aval bancario en la Tesorería Municipal por el importe de la liquidación recurrida.
  Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
  En Villaviciosa de Odón, a 6 de octubre de 2011..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
  (02/8.833/11)</texto>
</documento>