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    <identificador>BOCM-20111017-13</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Sanidad</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Resolución pruebas selectivas
– Resolución de 6 de octubre de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE SANIDAD 
 
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 Resolución de 6 de octubre de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid. 
  Por Resolución de 29 de enero de 2008, la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 29, de 4 de febrero) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
  La base 9.1 de la citada Resolución establece que, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la relación de aspirantes aprobados con indicación de las plazas adjudicadas, los interesados deberán presentar los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, disponiendo la base 9.4 que “Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, la Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución motivada en la que se declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo”.
  Una vez concluidas las fases de oposición y concurso, así como el proceso de adjudicación de las plazas ofertadas en estas pruebas selectivas, la Dirección General de Recursos Humanos, por Resolución de 8 de junio de 2011, declaró los aspirantes aprobados en el proceso selectivo con indicación de las plazas adjudicadas, otorgando un plazo de veinte días naturales a los mismos para la presentación de la documentación exigida.
  Una vez transcurrido el plazo establecido en el punto segundo de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 8 de junio de 2011, se ha verificado lo siguiente:
  .	Que doña Carolina Díaz Prada, con DNI número 50731270-D, no presenta la documentación requerida. 
  .	Que doña María Victoria García López, con DNI número 9456798-A, no presenta certificación actualizada del grado de minusvalía ni documento acreditativo de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. 
  .	Que doña María Cristina Galera Arredondo, con DNI número 9024672-R, es personal estatutario fijo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en la misma categoría, por lo que se incumple el requisito establecido en la base 2.1.f), “ No poseer plaza en propiedad en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con la base 2.3 que determina que “los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión”.
  .	Que doña Cristina Mirat Quiruelas, con DNI número 72130076-Y, y doña Lidia Muñiz Lozano, con DNI número 10903771-T, han presentado sendos escritos de renuncia a la plaza adjudicada en el proceso selectivo. 
  Por lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Recursos Humanos, de acuerdo con lo previsto en la base 9.4 de la convocatoria y en uso de las competencias que tiene atribuidas por Decreto 23/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, 
  RESUELVE
  Primero 
  Declarar la pérdida de los derechos que puedan derivarse de la participación en el proceso selectivo de doña Carolina Díaz Prada, con DNI número 50731270-D, por no haber presentado la documentación requerida en la base novena de la convocatoria.
  Segundo
  Declarar la pérdida de los derechos que puedan derivarse de la participación en el proceso selectivo de doña María Victoria García López, con DNI número 9456798-A, por no acreditar el grado de discapacidad y por incumplimiento del requisito exigido en la base 2.1.d) de la convocatoria, relativo a la capacidad funcional necesaria para la desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  Tercero
  Declarar la pérdida de los derechos que puedan derivarse de la participación en el proceso selectivo de doña María Cristina Galera Arredondo, con DNI número 9024672-R, por no cumplir con el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria, “No poseer plaza en propiedad en la categoría de Diplomado Sanitario/Enfermera como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con la base 2.3 que determina que “los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión”.
  Cuarto
  Declarar la pérdida de los derechos que puedan derivarse de la participación en el proceso selectivo de doña Cristina Mirat Quiruelas, con DNI número 72130076-Y, y doña Lidia Muñiz Lozano, con DNI número 10903771-T, al haber manifestado su renuncia a la plaza adjudicada en el proceso selectivo.
  Quinto
  Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
  Dado en Madrid, a 6 de octubre de 2011..El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.
  (03/34.353/11)</texto>
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