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    <titulo>– Móstoles. Organización y funcionamiento. Ordenanza Tarjeta Móstoles Joven</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MÓSTOLES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza Tarjeta Móstoles Joven 
  El Pleno municipal del Ayuntamiento de Móstoles, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de agosto de 2011, acordó aprobar inicialmente la ordenanza de creación de fichero de datos de carácter personal “Tarjeta Mostóles Joven”.
  Dicho acuerdo, con la ordenanza y fichero que se crean y demás antecedentes que obran en el respectivo expediente quedan expuestos al público en las oficinas municipales de este Ayuntamiento (Secretaría) durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de que puedan ser examinados por los interesados y con plazo común para, en su caso, presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
  La aprobación inicial, de no formularse reclamaciones, se elevará a definitiva sin ser preciso nuevo acuerdo municipal.
  Lo que hace público en cumplimiento de cuanto previene la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 49 y demás disposiciones legales de aplicación sobre la materia.
  Móstoles, a 29 de septiembre de 2011..El vicealcalde, Daniel Ortiz Espejo.
  (03/32.961/11)</texto>
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