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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Oviedo número 5. Procedimiento ordinario 535 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>244</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 189 
 Procedimiento ordinario 535 de 2011 
  Doña María Nieves Álvarez Morales, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Oviedo.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 535 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra la empresa “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  Admitir la demanda presentada.
  Señalar para el día 2 de diciembre de 2011, a las nueve y treinta horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y 2 de diciembre de 2011, a las nueve y treinta horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio.
  Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el/la magistrado/a-juez, en el segundo, tener al acto por  desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.
  Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida..La secretaria  judicial.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Oviedo, a 22 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.911/11)</texto>
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