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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 209 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>244</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 117 
 Ejecución 209 de 2011 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 209 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Lahoucine Boaddi contra la empresa “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyo contenido es del tenor de las copias literales que se adjuntan:
  Diligencia..En Madrid, a 22 de septiembre de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 26 de junio de 2011 tiene entrada en esta Secretaría escrito de la parte demandante, uniéndose a los autos de su razón..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 22 de septiembre de 2011..Magistrado-juez don Juan Manuel Carrillo Eguilaz.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Lahoucine Boaddi frente a “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez (firmado)..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia de ordenación del secretario judicial don Rafael Lozano Terrazas..En Madrid, a 22 de septiembre de 2011.
  Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 3 de junio de 2011 a la empresa “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, en favor del demandante Lahoucine Boaddi y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, el día 26 de octubre de 2011, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mármoles y Pulidos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/32.686/11)</texto>
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