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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 381 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 85 
 Demanda 381 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 381 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Calero Alía, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “A3 Muebles para el Hogar, Sociedad Limitada Laboral”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución que por copia se acompaña:
  Acta
  En Madrid, a 29 de marzo de 2011.
  Ante el ilustrísimo señor magistrado de este Juzgado de lo social número 1, don Antonio Martínez Melero, y con mi asistencia, la secretaria judicial doña Rosario Barrio Pelegrini, comparecen: como demandante, don Antonio Calero Alía, con DNI 76193854-Y, asistido del letrado don Luis Jesús Rubio Sanz, colegiado número 15331, y como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, doña María Dolores Fuentes y “A3 Muebles para el Hogar, Sociedad Limitada Laboral”; no comparece “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, representada por la letrada doña María Pilar Manzano Bayan, colegiado número 42892, según poder cotejado que se une a autos.
  Ambas partes, de común acuerdo, solicitan de este Juzgado el aplazamiento de los actos de conciliación y/o juicio, por existir litispendencia.
  Su señoría ilustrísima, a la vista de lo manifestado por las partes, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el día 26  de junio de 2012, a las diez y treinta horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.
  Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su ilustrísima, de lo que yo, secretaria, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “A3 Muebles para el Hogar, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.672/11)</texto>
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