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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 5. Juicio de faltas 628 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 81 
 Juicio de faltas 628 de 2011 
  Doña María Elena Sánchez Ranz, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 (antiguo mixto número 10) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 628 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 1 de agosto de 2011..Doña Amalia Rodríguez Ranchal, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Alcalá de Henares, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa juicio de faltas número 628 de 2011, seguida por una presunta falta de hurto (623), contra doña Georgiana Nitu, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal, dicta la presente resolución que basa en el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Georgiana Nitu, como autora responsable de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, a razón de 6 euros diarios.
  En caso de impago o insolvencia, la condenada quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Georgiana Nitu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcalá de Henares, a 9 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/31.725/11)</texto>
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