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    <fecha_publicacion>2011/10/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 1.232 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 1.232 de 2010 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.232 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás López Marín, contra don José Luis Díaz Delgado, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 359 de 2011
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Tomás López Marín, que comparece asistido de la letrada doña Mareia Victoria García Siso Peñalver, y de otra, como demandados, don José Luis Díaz Delgado, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que debía estimar parcialmente la demanda interpuesta por don Tomás López Marín, en concepto de reclamación de cantidad, contra el empresario don José Luis Díaz Delgado y contra Fondo de Garantía Salarial, condenando a la parte demandada al pago de la cantidad de 1.266,66 euros en concepto de principal reclamado, más 126,66 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al organismo codemandado, a quien habrán de hacerse las advertencias sobre su posible responsabilidad en los supuestos legalmente previstos.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Tomás López Marín y don José Luis Díaz Delgado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.916/11)</texto>
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