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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 317 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>243</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 146 
 Ejecución 317 de 2010 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 317 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Gómez Cañas, contra la empresa “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 3 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín..En Madrid, a 3 de marzo de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber: 5.439,40 euros de principal e intereses ordinarios, 543,94 euros y 543,94 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito, donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto y se remitirá directamente a este órgano judicial.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.041/11)</texto>
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