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    <fecha_publicacion>2011/10/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sección Vigésima Octava. Recurso apelación 17 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Vigésima Octava
 EDICTO
 
 92 
 Recurso apelación 17 de 2010 
  Doña María Paz de la Fuente Isabal, secretaria de la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en dicha Sección y con el número 17 de 2010 se tramita apelación (dimanante del procedimiento ordinario número 566 de 2011), a instancias de doña Beatriz Ocejo Calvo y doña Isabel Junquera Sánchez-Valero, siendo apelados don Eduardo Guerra Sanz y doña María del Carmen Quintano López, en el que se ha dictado la sentencia cuyos encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación:
  Sentencia número 247 de 2011
  En Madrid, a 12 de septiembre de 2011..La Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en lo mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados: don Enrique García García, don Alberto Arribas Hernández y don Pedro María Gómez Sánchez, ha visto en grado de apelación, bajo el número de rollo 17 de 2010, los autos del procedimiento de juicio ordinario número 566 de 2004, provenientes del Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, el cual fue promovido por don Eduardo Guerra Sanz y doña María del Carmen Quintano López, contra doña María Isabel Junquera Sánchez Vallejo, doña Beatriz Ocejo Calvo y don José María Pérez de Acha García, siendo objeto del mismo el ejercicio de acciones de responsabilidad contra administradores sociales.
  Han actuado en representación y defensa de las partes el procurador don Federico Pinila Romeo y el letrado don José Segui Díaz por doña María Isabel Junquera Sánchez Vallejo y doña Beatriz Ocejo Calvo y el procurador don Antonio María Álvarez-Builla y Ballesteros y la letrada doña Alicia Muñoz Alloza por don Eduardo Guerra Sanz y doña María del Carmen Quintano López.
  Fallo
  Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de doña María Isabel Junquera Sánchez Vallejo y doña Beatriz Ocejo Calvo contra la sentencia dictada el 24 de julio de 2007, luego completada mediante auto de 22 de octubre siguiente, por el Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, en el juicio ordinario número 566 de 2004 del que este rollo dimana, debemos revocar y revocamos en parte dicha resolución, y, en consecuencia:
  1.o  Desestimamos la demanda planteada por don Eduardo Guerra Sanz y doña María del Carmen Quintano López contra doña María Isabel Junquera Sánchez Vallejo y doña Beatriz Ocejo Calvo e imponemos a la citada parte demandante las costas ocasionadas en la primera instancia en lo que respecta a dichas codemandadas.
  2.o  Mantenemos los demás pronunciamientos de dicha resolución en lo relativo al otro codemandado, don José María Pérez de Acha García.
  3.o  No efectuamos expresa imposición de las costas derivadas del recurso de apelación.
  Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados integrantes de este tribunal.
  Para que sirva de notificación en legal forma al rebelde don José María de Ancha García.
  En Madrid, a 13 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/8.400/11)</texto>
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